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Oficio Género Caso Samalayuca
05 de Diciembre de 2016 | Secretaría General
Para contribuir tanto con la operación de la CFE frente a los retos que le platea la nueva estructura impuesta por los Términos de la Estricta Separación Legal, asi como para atender asuntos administrativos relacionados con solicitudes de cambios en los periodos vacacionales, el pasado mes de octubre del año en curso, el SUTERM estableció el Convenio No. CFE-SUTERM 11/2016 con la CFE.
De acuerdo a lo anterior, el Convenio establece que:
1. Los trabajadores podrán disfrutar los periodos anuales de vacaciones que les corresponda, hasta en cuatro etapas, debiendo agotarse inicialmente el periodo más antiguo que tengan; por ejemplo:
2. En adición a lo anterior y sin que se considere como una etapa, los trabajadores podrán gozar de uno, dos y hasta tres días a cuenta de vacaciones, los cuales serán disminuidos de los periodos más antiguos que tengan pendientes de disfrutar.
Con lo anterior se beneficia, la productividad. el desarrollo del trabajo en las áreas y la eficiencia de nuestra empresa.
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