XXVII Convocatoria Consejo Nacional Ordinario

26 de Agosto de 2015 | Secretaría General / Secretaría de Organización

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En cumplimiento de los estatutos que rigen la vida Interna del Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana, el Comité Ejecutivo Nacional del SUTERM  convoca, a todas sus Secciones Sindicales y Delegaciones en Oficinas Nacionales, Divisiones de Distribución del Valle de México y Áreas desconcentradas. Al 27° Consejo Nacional Ordinario, que habrá de integrarse, sesionar y resolver de conformidad con las siguientes:

BASES

 

Primera Sede. El 27° Consejo Nacional Ordinario del SUTERM habrá de celebrarse del 17 al 21 de octubre del 2015, en la Ciudad de Cancún Q, Roo, teniendo como Sede el Salón “Arena” ubicado en el KM, 340 de la carretera Cancún-Chetumal.

Segunda. Hospedaje. El hospedaje de Delegados estará cubierto de las 12:00 hrs. del día domingo 18 de octubre a las 12:00 hrs., del día miércoles 21 de octubre.

Tercera. Delegados. A) Efectivos. Los Secretarios Generales y del trabajo de cada sección sindical  serán acreditados directamente por la Secretaria de Organización del CEN, atendiendo a las tomas de nota liberadas por la autoridad general del trabajo, a las promociones en curso, a las ultimas actas de asamblea electoral, y/o a los alcances electorales validados por las Coordinaciones Regionales. La membresía de Oficinas Nacionales se representara por tres delegados efectivos, electos por y de entre los Delegaciones Departamentales. De la misma forma, cada una de las tres Divisiones de Distribución del Valle de México, se representara por un delegado efectivo, electo por y de entre el cuerpo de sus Delegados de Área.

B) Fraternales. Las secciones sindicales del SUTERM, en asamblea extraordinaria que deberá celebrarse antes del 5 de septiembre del corriente año, elegirán entre sus trabajadores de base a un delegado fraternal (uno), que no deberá formar parte del Comité Ejecutivo Seccional. La asamblea será conducida por un Presidente de Debates y una Comisión de escrutadores (todos ellos ajenos al Comité Ejecutivo Seccional).Solamente el Secretario General podrá acompañar al Presídium, como testigo, a la mesa Directiva así integrada. El Delegado Fraternal electo será acreditado, antes del viernes 11 de septiembre mediante oficina mediante el Secretario General, mismo que deberá acompañarse del acta de asamblea, la convocatoria y su lista de asistencia (se acompañara de referencia). Para el caso de cada una de las tres Divisiones de Distribución del Valle de México, se elegirá de la misma forma, un delegado fraternal de la misma forma.

Para el trámite de gafetes con fotografía para cada Coordinación y/o Delegación Regional validará nominativamente a sus delegados subiendo los archivos gráficos correspondientes a la pag. http://suterm.org.mx/consejo/de la secretaría del interior, en el portal del SUTERM.

Los titulares del CEN de la Comisión Nacional  de Justicia  y de las Coordinaciones Regionales así como de los Delegados Regionales en el Valle de México podrán acreditar 1. Delegado Fraternal (uno) por cada despacho referido. Adicionalmente, también como Fraternales de la Secretaría de Organización acreditara a los demás Delegados de Oficinas Nacionales; Áreas Desconcentradas, Delegaciones Geotermoeléctricas; Delegaciones de la GEIC, Divisiones Hidrométricas y Centros de Anteproyectos, así como a Delegaciones adscritas a Coordinaciones Regionales del SUTERM e industrias conexas.

Cuarta. Potencias. Los delegados efectivos podrán presentar tantas potencias como sean necesarias para  abordar las distintas vertientes de la Reforma Energética, sin requisitos de detallar explícitamente el punto o puntos de acuerdo que se sujeten a aprobación. En términos generales. La potencias deberán referirse a alguno de los siguientes temas: 1. Nuevo Sindicalismo Y Reforma Energética. 2. Aspectos técnicos, económicos y laborales de la Reforma Energética; 3. Aspectos políticos de la Reforma Energética. 4. Foros Regionales de Orientación Sindical. Se formaran tres Comisiones Dictaminadoras; la del informe del CEN; la de ponencias del temario; y la de conclusiones de los Foros, el registro de potencias se hará en la dirección electrónica: consejonacional.suterm@cfe.gob.mx

Quinta Orden del Día. La mesa directiva ordena a los trabajadores del Consejo de tal forma que la agenda sindical pueda desahogarse en los tiempos y modalidades previstas de manera indicativa, se estará al siguiente:

ORDEN DEL DÍA

  

SESIÓN PREVIA

Domingo 18 de octubre de 2015. 12 hrs.

·          Recepción de Delegados.

·          Hospedaje

·          Carpeta y materiales de trabajo,información , agenda y utilitarios.

 

PRIMERA SESIÓN

Lunes 19 de octubre 19 hrs. 0:09 hrs.

·          Instalación de la Directiva

·          Pase de lista por secciones

·          Declaratoria de quórum

·          Instalación de Consejo Nacional

·          Elección de Dictaminadoras

·          Honores a la Bandera Nacional

·          Presentación del Presídium

·          Palabras de bienvenida

·          Dinámica de los trabajos

·          Videoprograma de apertura

1.        Informe del CEN

 

2.        Mesas de Trabajo  (Mañana y tarde)

·          Levantamiento de la primera sesión.

 

                          SEGUNDA SESIÓN

MARTES 20 DE OCTUBRE DEL 2015 10:00 HRS.

 

·          INSTALACIÓN DE LA SEGUNDA SESIÓN

 

3.        Aportaciones de  Consejeros

4.        Dictamen del informe

5.        Dictamen de ponencias

6.        Dictamen conclusivo de foros

·          Clausura

 

 

Sexta. Gastos. Los gastos que genere la realización del 27°, Consejo Nacional serán asumidos Por el CEN del SUTERM. DE la manera acostumbrada y conforme a los procedimientos aplicables, los Delegados tramitarán sus viáticos por 5 días, tres por los trabajos más dos por los traslados.

Séptima. Legalidad. La Mesa Directiva del consejo, la declaratoria de quórum, formas de votación, resoluciones, actas y demás asociadas, se integrarán y/o tomarán atendiendo estrictamente a las previsiones del Estatuto Nacional del SUTERM; utilizándose de manera supletoria según corresponda, el estatuto de la CTM y/o la Ley Federal del Trabajo. Lo no previsto será resuelto por el CEN, antes del Consejo, y POR EL Consejo mismo en el marco de sus atribuciones una vez que se haya instalado.

 

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